El Laberinto del Autónomo

(el título lo he tomado prestado de aquí).

Vaya tela. La verdad es que una vez que lo has resuelto y tienes tu sistema no es tan complicado, pero hasta que lo tienes todo clarito parece que te hayas metido en la casa de la guasa. Me refiero al papeleo inherente a la fiscalidad como autónomo.

El principio parece fácil: alta censal y alta en la seguridad social. Modelo 036 en hacienda y alta en la administración de la seguridad social que te toque (antes hacía falta un impreso TA, ahora lo que es a mí me lo ha hecho una amable señorita sin papeles de por medio y en el alucinante plazo de diez minutos, cola incluida… Vaya tela como ha cambiado la Seguridad Social o lo buena que es la Administración que me ha tocado, ¡Que viva Triana!). Pero cuando empiezas a rellenar el impreso 036 comienzan los problemas… ¿Estoy obligado a realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados del desarrollo de actividades económica propias? ¿Cuál es el epígrafe del IAE que me corresponde? ¿Debería poner algo en el régimen especial de recargo de equivalencia, sea lo que diantres sea eso? :-D

Al final el problema es que te fías del amable funcionario, pero el amable funcionario va a toda castaña y te pone lo mismo que al resto de la tropa, por lo que si tu situación es en algo especial, cagado la hemos. Y lo mismo pasa con Internet, mi querida Internet que hasta ahora me lo había resuelto casi todo: el 99% de las páginas que hablan sobre el régimen de autónomos lo hacen refiriéndose al caso concreto de las actividades profesionales, no a las del empresario autónomo.

Concretamente, yo estoy dado de alta en una actividad empresarial (no profesional). Y eso ya me ha jugado la primera. Para empezar, al ser actividad empresarial no estás obligado a incluir en tus facturas la correspondiente retención de IRPF. Eso tiene su parte buena (simplificas trámites a ts clientes) y su parte mala (debes presentar una declaración trimestral del IRPF haciendo pagos a cuenta según lo que lleves ganado y gastado). A mi a la larga me compensa, ya que aunque pierdo algo de financiación y circulante prefiero no llevarme luego el susto cuando pase por caja con la declaración de la renta. Encima yo en el 036 marqué que no estaba obligado a llos pagos a cuenta (algo que podría ocurrir si el 70% de mis ingresos estuvieran sujetos a retención), pero como resulta que prefiero no complicar las facturas a mis clientes (aparte de otros temas fiscales más complejos que si queréis os comentaré), me veo obligado a presentar mañana otro 036 con modificación de datos. Ante lo cual me pregunto: ¿deberé de rellenarlo todo otra vez, o sólo la parte que modifico? Ya veremos.

Luego viene rellenar el impreso 300 (declaración trimestral del IVA) y el 130. El 300 no es demasiado complicado, pero el 130 tiene truco. El truco se llama artículo 28 del reglamento del impuesto de la renta sobre las personas físicas, tal como se recoge en el real decreto 1775 de 2004 (que es que no me leeis nada, hombre :mrgreen: ). Según este artículo, puedes incluir como “gastos de dificil justificación” el 5% del rendimiento neto previo… Es decir, ingresos menos gastos “de verdad”. Este 5% se añade a tus gastos para así obtener el rendimiento neto, que es sobre el que te “clavan” el 20%, sin que ello desmerezca que si las cosas te van muy bien (que esperemos que si) el año que viene pases otra vez por caja en la declaración anual de la renta… ¡Ole! Que digo yo, si uno no se desayuna con el BOE, visto lo que viene en el impreso 130 se le podría a uno pasar ese asuntillo del 5%, ¿No? Que despiste el de nuestros agentes fiscales… ¿No podían haber incluido una casillita de “ponga usted aquí el 5% del rendimiento neto previo? Que majos…Ah, por cierto, los impresos no hace falta que los compréis en un estanco, os los podéis bajar de aquí.

Para los que queráis una explicación mas detallada del asunto os recomiendo este magnífico documento titulado “ahorrar impuestos en la fiscalidad de los autónomos”, de Adalberto Alfonso Bolaños. Tiene un ejemplo muy bueno de cumplimentación de un 130.

También merece la pena, tanto si sois autónomos como si no, que le echéis un vistazo a los comics realizados por sekano con la herramienta Witty comics. El enlace es al cuarto y ultimo capítulo de la serie, pero tiene los enlaces a los tres primeros. Risas aseguradas. O llanto…

Turno de preguntas:

- ¿Por qué empresario autónomo en vez de S.L.?
– Pues veréis, según mis cálculos por debajo de una facturación anual de unos 60.000 euros de vellón no creo que merezca la pena. A menos que vayas a realizar compras u operaciones financieras de cierta envergadura, por aquello de la limitación de responsabilidad, aunque en realidad ya no hay quien te conceda crédito simplemente con una S.L. recién creada y acabarás poniendo garantías personales, así que en el fondo da igual. Otra razón por la que puede convenir la S.L. es por formar un negocio con varios socios (que todo quede bien atado) o por “prestigio”, ya que lamentablemente en este país la figura del autónomo está un poco devaluada, pero en mi caso mis primeros clientes son personas que confían en mi independientemente de la figura fiscal que adopte. Por otra parte, dicen que se puede formar la S.L. en 72 horas (habrá que ver como está el patio en Sevilla), así que ante una necesidad urgente el nombre ya lo tengo solicitado en el registro mercantil central… Comentar además que en el momento en que seas SL en vez de autónomo vas a necesitar sí o sí un asesor para las nóminas, contabilidad y demás papelotes, lo cuál por poco que sea es un gasto más, y ya sabéis lo que opinamos al respecto Borja y yo. Otra ventaja (según se mire) del autónomo: no hay separación entre cuentas personales y empresariales. Eso quiere decir que si he vendido un proyecto gordo puedo coger 20.000 euros de mi cuenta de empresa y pagar un crédito personal o levantar hipoteca. En la misma situación, pero en SL, tendría que pasar primero por un reparto de beneficios (35% del ala en el impuesto de sociedades) para luego además tributar por IRPF. Por cierto que al hilo de SL o autónomo recomiento el artículo de Borja al respecto, donde defiende un punto de vista algo distinto al mío.

- ¿Por qué no pagas a un asesor en vez de perder dos mañanas con tanta historia?
– Eso digo yo :evil: . Aunque la verdad es que no viene mal conocer los números y los mecanismos para que no te la jueguen. Y el que mejor conoce los números de tu empresa deberías ser, por ahora, tú. Por otra parte, ¿Como hago una previsión de tesorería si no se cuanto tengo que pagar en Octubre de IVA e IRPF? Me puedo pegar una castaña buena… Pero bueno, tarde o temprano pasaré por asesor, aunque ahora mismo con en volúmen de operaciones que llevo no merece la pena en absoluto.

Luego hablan de impulsar el emprendizaje. Dan ganas de echarse atrás, lo juro.

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20 respuestas a El Laberinto del Autónomo

  1. Jaizki dijo:

    Yo lo primero que hice fue buscar una asesor amigo de un amigo que me hizo buen precio, que presentaba todos los papeles por mí, y que me explicaba las opciones disponibles para pagar menos.

    Eso sí, al contrario que la mayoría de sus cliente, yo hacía mis propios números. Una cosa es la contabilidad para pagar a Hacienda, y otra las previsiones de tesorería.

  2. sekano dijo:

    Muy buena aproximación a las profundidades del laberinto del autónomo. Podría ser una película.
    A mi el 130 me da por c… porque tambien me puse una actividad empresarial sin saber porque (paisajismo y jardineria) y otra la tuve que poner profesional (diseño web) así que estoy en todas partes. Igual me conviene poner la otra en profesional (si se puede).
    Lo del truquillo del 5% no tenía ni idea y tampoco creo entenderlo del todo así que tendré que estudiar más.
    Un saludo

  3. Ángel dijo:

    Sekano, no dudes en leerte el documento que he referenciado en el post, el de ahorrar impuestos en la fiscalidad… Es muy bueno, y al final viene un ejemplo muy claro de cómo aplicar el 5% de gastos de dificil justificación.

    Por lo demás, y respecto a la actividad empresarial y profesional al mismo tiempo, sólo quiere decir que las facturas de diseño web deberían llevar un 15% de retención y las de jardinería no. Al final del trimestre, rellenas el 130 normalmente y deduces las retenciones a cuenta que te hayan hecho por diseños web. En el mismo documento el ejemplo te lo debería dejar claro, y si no pégame un correo electrónico.

    Un Saludo,

    Ángel.

  4. Carlos R dijo:

    ¿Por qué no has preguntado?… ;-) Interesante experiencia de lo vivido pero creo que te conviene consultar a un asesor antes, yo por mi parte si sólo se trata de un alta o de resolver pequeñas dudas no hago pasar a nadie por caja.Ah!el 5% se aplica también en la declaración de la renta, no queda colgando.

  5. El Ratonero dijo:

    Hay que ver Ángel!! Con lo fácil que tenías ponerme un e-mail y preguntarme que yo soy asesor fiscal leches… ademas si has ido a la delegación de triana resulta que mi despacho está a tiro de piedra de allí. :D

  6. Ángel dijo:

    Carlos, gracias por el ofrecimiento, lo tendré en cuenta y la próxima vez preguntaré por estos lares, que no sabía que tenía a tantos asesores a mano… Por cierto, lo de la aplicación del 5% en la renta merecería una explicación más detallada.
    Ratonero, fichado para cuando empiece a crecer la empresa y comience a necesitar asesoría… Y ya tenemos otra razón más para una cervecita, y más teniendo el Mariscos Emilio ahí al lado ;-)

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  11. ¿Alguien conoce alguna asesoría online que funcione bien?

  12. carlos dijo:

    hola a todos:
    mi consulta es la siguiente yo me he hecho autonomo y soy menor de 25 años me habian comentado que habia algun tipo de ayuda si alguien sabe de alguna que me informe. gracias

  13. gonzalo dijo:

    Hola a todos/as me gustaría que me ayudárais en un tema . Soy autónomo y estoy pasando por un bache no tengo facturación ni gastos ,me han comentado que me quite de autónomo pero yo quiero seguir cotizando por lo menos a la seguridad social para la vejez,bajas laborales….
    Que puedo hacer . Gracias

  14. Ángel dijo:

    Gonzalo, lamentablemente no creo que este sea el sitio donde te podamos ayudar. Yo me dirigiría sin dudarlo a una asesoría, o incluso al servicio de orientación laboral que tengas más cercano (de tu comunidad autónoma, diputación, ayuntamiento…).

    Espero que tengas suerte. Un Saludo.

  15. FG dijo:

    Muy interesante el blog. Lo he leido detenidamente ya que estoy pensando trabajar como autonomo. Actualmente trabajo por cuenta ajena y estoy pensando (ya que tengo potenciales clientes), trabajar además por cuenta propia haciendo consultoría y formación en empresas. Me surgen varias dudas y me gustaría que me hicierais vuestras recomendaciones:
    1)Por lo que he leido la mejor opción sería empresario individual. ¿es correcto?
    2) Si ya estoy de alta en la Seguridad Social, ¿deberia darme de alta también como autonomo?
    3) ¿Cual sería la cuota?
    4) En el IRPF cual sería la mas adecuada ¿la estimación directa simplificada o la objetiva?

    Gracias de antemano por vuestra ayuda

  16. susana dijo:

    SOY EMPLEDO EN REGIMEN GENERAL Y QUIERO PONERME
    COMO AUTONOMO TAMBIEN TENDRE ALGUN TIPO DE ALLUDA

  17. laura dijo:

    hola.me podeis ayudar??me gustaria montar una academia de baile flamenco,y ponerme autonomo,y informarme por ser menos de 25 años,si me podrian dar alguna ayuda el ayuntamiento o algo asi.espero vuestra respuesta y k me aclareis algo,gracias de antemanos.

  18. Silda dijo:

    Quiero pasar a ser autónoma qué debo hacer?

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