Están escritos en tres mil sitios de Internet, pero como se los he resumido hace poco a un conocido y me ha quedado relativamente exhaustivo, aprovecho y lo dejo aquí para el uso y disfrute de la concurrencia.
En todo caso, tened en cuenta que no soy asesor profesional, así que sería bueno que lo cotejáseis (y, en cualquier caso, no acepto responsabilidades derivadas del uso de esta información ).
- Entérate a priori de cuáles son las oficinas de Hacienda y Seguridad Social que te corresponden, no sea que te toque el funcionario antipático y te mande a otro sitio. Prueba llamando a los teléfonos 901 12 12 24 (AEAT) y 901 50 20 50 (Seguridad social)
- Primero debes ir a la agencia tributaria (hacienda) a hacer el alta censal, que te servirá para tributar IVA e IRPF. A mi ni siquiera me pidieron fotocopia del DNI, pero puede que te haga falta. También es útil, aunque no obligatorio, llevarte las etiquetas identificativas de hacienda. Tal como llegues, en el mostrador pides un impreso de alta censal (036) y lo rellenas… ¡Con paciencia! Lo que no tengas claro, no lo rellenes y que te aconseje el funcionario. Lo que deberías llevar visto a priori es:
- En qué epígrafe del IAE deberías darte de alta (en Internet tienes varias listas). Cuidado con si es actividad profesional o empresarial, ya que como he comentado condiciona la forma en la que facturas y si debes presentar o no pagos trimestrales a cuenta del IRPF.
- Si vas a tributar por módulos o no (solo lo permiten algunas actividades, típicamente tiendas, bares y cosas así). Lo normal es que tributes por estimación directa simplificada (no hay que llevar contabilidad, pero si un registro de ingresos y gastos), a menos que vayas a facturar más de 600.000 euros, en cuyo caso no se qué haces consultándome a mi…
- Con el alta censal, te vas a la seguridad social y solicitas el alta en el régimen de autónomos. Para ello antes había que pedir el impreso TA, pero ahora por lo menos a mi no me hizo falta y me dio de alta directamente en la mesa la amable funcionaria que me atendio. Pregunta en la entrada. Típicamente querrás cotizar por la base mínima (a menos que vayas a jubilarte en los próximos quince años), aunque es recomendable incluir la cobertura por incapacidad temporal, que son tres duros más y puede merecer la pena. La cuota que te debería quedar son unos 239 euros al mes. Acuérdate de llevarte los datos de cuenta bancaria y domicilia los pagos, o tendrás que ir todos los meses a por boletines para pagar.
Y ya está. A facturar y a presentar todos los trimestres las declaraciones del IVA, así como anualmente el resumen de operaciones con terceros y la declaración anual de IVA. Si retienes IRPF con todas las facturas harás declaración de la renta como todo el mundo y ya está. Si más del 30% de tus ingresos no llevan retención, entonces tienes que presentar trimestralmente el impreso 130 con los pagos a cuenta de IRPF.
Y una última cosa: Ánimaos.